Términos y condiciones para hacer la garantía extendida

Las empacadoras al vacío marca MSA gozan de un año de garantía. La garantía es integral, incluye no solo los defectos de fabricación, sino el daño de piezas eléctricas y electrónicas según certificado de garantía que se entrega con la máquina.

La garantía se puede extender hasta por 2 años más, es decir, la máquina puede llegar a tener hasta 3 años de garantía.

Términos y condiciones para extender la garantía.

La empacadora al vacío marca MSA se debe adquirir directamente a través de la empresa Maquinaria y Soluciones Alimenticias SAS con Nit: 900.941.324.

El primer año está amparado por la garantía inicial que se ofrece al momento de la compra, y que se soporta en la factura de venta correspondiente.

Para extender un segundo año más la garantía inicial, el propietario debe enviar la máquina a nuestro taller de servicio técnico autorizado ubicado en la Calle 66 No. 74B – 33 de Bogotá, para realizar el primer mantenimiento técnico preventivo. El interesado debe asumir el valor del transporte y del servicio técnico correspondiente. Al realizar este primer servicio técnico preventivo, la garantía se extiende por un año más.

Es necesario que el propietario de la máquina no permita que transcurra más de un año desde la fecha de compra de la máquina, para realizar el primer mantenimiento con opción de extender la garantía. Únicamente se tomará como referencia para contabilizar el tiempo (que no podrá exceder de un año), la fecha de la factura de venta.

Si además del segundo año de garantía el interesado desea ampliar la garantía por otro año más (tercer año de garantía), es necesario que desplace la máquina hasta nuestro taller de servicio técnico autorizado ubicado en la Calle 66 No. 74B – 33 de Bogotá, para efectuar un segundo mantenimiento técnico preventivo. El interesado debe asumir el valor del transporte y del servicio técnico correspondiente. Al realizar el segundo mantenimiento técnico preventivo, la garantía se extiende por otro año más.

Es necesario que el propietario de la máquina no permita que transcurra más de un año contado desde la fecha del primer mantenimiento técnico preventivo para realizar el segundo mantenimiento que le permite volver a extender la garantía durante el tercer año. Únicamente se tomará como referencia para contabilizar el tiempo (que no podrá exceder de un año), la fecha de la factura del primer mantenimiento técnico preventivo.
El servicio técnico preventivo tiene un costo debidamente autorizado por la empresa, demanda mínimo cuatro días hábiles de trabajo, el valor del servicio no incluye repuestos o consumibles que se desgastan por el uso normal de la máquina, y no se realiza a domicilio.
El único mantenimiento preventivo anual que extiende garantía es el que se realiza directamente en nuestro taller autorizado ubicado en la Calle 66 No. 74B – 33 de la ciudad de Bogotá.

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